¿Cómo registrar tu Empresa en Venezuela?

 🤔 Amigo emprendedor, ¿Listo para afrontar el próximo paso y darle legalidad a tu Empresa en Venezuela 🇻🇪?

Si es así, te puedes guiar de este artículo de mi blog para que concluyas el proceso con éxito.



Afortunadamente, el Estado ha "agilizado" los procesos de Registro Mercantil con el objetivo de fomentar la creación de Empresas, sobre todo después de la pandemia por la covid-19 a través de las "Solicitudes en línea" del sistema web del SAREN.

Sin embargo, es siempre bueno contar con la asesoría de un experto en el área para que el sueño de crear tu propia empresa vaya por buen camino 👣

¡Toma nota ✍️!
 

Lo previo: ¿Qué tipo de Empresa es mejor constituir?

Quizás te engolosines con una compañía anónima, pero es mejor pensar con cabeza fría el tipo de Empresa que vas a registrar.

La nueva Ley de registros y notarias determina diferentes aranceles y capitales mínimos según el giro y la actividad de tu negocio, así que es mejor que te asesores con un abogado para saber cuál es el mas recomendable para ti.

Acá en Venezuela tu empresa puede ser:

👉 Compañía anónima
👉 Sociedad anónima
👉 Firma Personal
👉 Asociación o sociedad civil
👉 Emprendimiento
👉 Cooperativa
👉 Sociedad de responsabilidad limitada
👉 Sociedad en comandita

Depende de ti elegir, junto con tu asesor, el modelo de gestión que cumpla mejor tus expectativas y esté más acorde con tus objetivos.

Además, las nuevas disposiciones del SAREN determinan capitales mínimos según el tipo de empresa y la actividad a la que se va a dedicar.

Por ello , es importante que te sientes con tus socios y se hagan estas tres interrogantes: ¿Qué queremos lograr registrando nuestra empresa? ¿Cómo queremos que se gestione? ¿Dónde vemos a nuestra empresa en 10 años?

Ya elegí el tipo de empresa que voy a constituir, ¿Y ahora?


Independientemente de la forma jurídica que hayas escogido, el segundo paso está compuesto de cuestiones que escapan ya de tu experticia y tus conocimientos.

Lo que viene ahora, en dado caso hayas optado por no contratar a un gestor, es cuestión de la redacción de dos documentos técnicos:

El primero, el acta constitutiva: este debe ser redactado por un abogado colegiado con la suficiente amplitud, exponiendo entre otros, los dueños o accionistas de la Empresa, la razón social, el capital invertido, la gestión de la compañía y las normas para preparar los estados financieros.

El segundo, el informe de inventarios: también conocido como balance de apertura, este debe ser redactado por un contador o administrador colegiado. Este documento sirve, acompañado de las facturas originales a nombre de los accionistas, para darle veracidad a los equipos, maquinarias y/o mercancías que estos aportan para conformar el capital de trabajo inicial de la Empresa.

¿Los inventarios son la única forma de justificar mi capital inicial?

¡En absoluto! También se puede justificar a través de un depósito bancario. Como ya te he comentado más arriba, el SAREN dispone ahora de capitales mínimos para el visto bueno a la hora de registrar una empresa, ahora bien para justificar tu capital inicial de trabajo a través de una cuenta bancaria el procedimiento es relativamente sencillo:

A) Le sacas una copia a la reserva de razón social emitida por el SAREN y te diriges al banco de tu preferencia (si ya tienes una cuenta como persona natural en ese banco, mucho mejor ✌️)

B) solicitas hablar con algún ejecutivo de negocios y le explicas que deseas registrar la empresa "Inversiones Saracual, C.A." (por ejemplo) y que el capital mínimo que te exigen es de 20.000,00 Bs y que necesitas un aval bancario de que hiciste ese depósito a nombre de la Empresa.

C) El ejecutivo hace todo el proceso administrativo y te entrega la constancia que debes entregar en el Registro Mercantil junto con los demás recaudos.

👉 Adicional: Comisario Mercantil

Si has optado por una forma societaria distinta de una firma personal, deberás contratar también los servicios de un comisario mercantil. Un comisario puede ser contador, administrador o economista y debe estar colegiado y solvente en su gremio profesional.

Deberá redactar una constancia de aceptación del cargo de comisario por al menos tres años desde la constitución de tu empresa junto con la copia de su cédula de identidad y su carnet profesional.

Tutorial: Registra tu Empresa en Venezuela [versión 2023]

Una vez cumplas los pasos que te comentaba anteriormente, lo que viene es dirigirte a la oficina de registro mercantil de tu jurisdicción, que en la mayoría de las ciudades es una dependencia del SAREN. Eso sí, posterior a algunos trámites en el sistema online.

Allí deberás pagar en primera instancia los aranceles para hacer la reserva del nombre o razón social para tu Empresa. Este es un proceso 100% digital porque el SAREN tiene un sistema automatizado para esto, y lo que se busca es determinar si en algún otro lugar del país hay un negocio con ese mismo nombre.

Cuando el sistema te dé el visto bueno para tu Marca Comercial, deberás introducir la información del acta constitutiva junto con los demás recaudos en el sistema online del SAREN para generar una planilla única bancaria.

Una vez canceles esa PUB en los bancos autorizados o vía electrónica, deberás dirigirte a las oficinas públicas del SAREN para la revisión final de tu documentación y la asignación de una fecha para la protocolización de las firmas y la entrega de la copia certificada de tu registro mercantil.

Es un proceso relativamente más sencillo en comparación con cómo era hace tres o cuatro años, sin embargo lo mejor siempre será que delegues este proceso en un tercero con más experiencia para que todo marche con buen pie.

Ahora, lo más primordial es el proceso de publicación mercantil. El código de comercio dispone que una copia certificada sea publicada o bien en las oficinas del registro mercantil, pagando una cuota arancelaria, o en algún periódico de circulación regional durante al menos 24 hrs.

La experiencia me dice que lo más barato siempre será la segunda opción. Así que nos dirigimos con la copia certificada de nuestro registro mercantil a algún periódico mercantil de nuestra ciudad, cancelamos los derechos de publicación y guardamos al menos cinco copias del ejemplar de periódico en el cual esté publicada la copia certificada de nuestra empresa.

Una vez hecho esto, podemos decir y afirmar que la empresa está oficialmente constituida ante la Ley y ha adquirido todos los deberes y derechos que el Estado les demanda y asigna.

Sin embargo, el proceso aún no ha concluido. Falta todavía el RIF jurídico de la Empresa.

Por el momento, a menos que desees de una vez sellar tus libros contables, nos olvidaremos del SAREN por un largo tiempo y nos enfocaremos en el SENIAT.

Es ante el Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) que se diligencia el RIF de nuestra empresa. Este es un proceso obligatorio para todas las personas jurídicas constituidas, además de que es un documento que será solicitado para todos y cada uno de los trámites antes instituciones públicas y privadas con el fin de realizar trámites, gestiones, procesos y negocios  importantes para la Empresa.

Ya registré mi Empresa, ¿Y ahora?

Acá abajo 👇👇 te dejo un checklist para después de registrar tu Empresa (recuerda que puedo ayudarte con las diligencias de cada uno 😋)


Estos que te cuento son procesos relativamente sencillos. Ahora, que si te parece demasiado engorrosa toda esta dinámica burocrática puedes delegar el proceso en mí 😎

Si te ha sido útil o tienes alguna duda, por favor déjala en la sección de comentarios.

Recuerda que puedes seguirme en instagram como @lstributos para no perderte mi contenido contable tributario y mis capacitaciones. Así mismo, puedes agendar tu asesoría tributaria online desde acá.

Saludos,

Lcdo. Luis Alberto Saracual


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