Emisor fiscal digital: ¿Voluntario u obligatorio?

 Hola colega, ¿Cómo vas? Ya casi oficialmente entra en plena vigencia la providencia 102 del 2024, referida a la emisión de facturas en medios digitales

Ya aparentemente los cabos sueltos que siempre dejan este tipo de normativas han sido resueltos tanto por el propio SENIAT a través de sus formaciones como por los eruditos tributarios que tanto abundan en este país.

Ahora bien, a todas estas, existen algunas dudas todavía relacionadas a, por ejemplo, ¿Afecta esta providencia a mi pequeña bodega o mi ferretería?

Hoy trataré de resolverla, así que sin tanto texto vamos allá 🏃🏾‍♂️

¿Quien debe emitir documentos a través de medios digitales?

Para no enredar mucho las cosas, voy a dividir los emisor digitales fiscales en dos grandes grupos, a saber los voluntarios y los obligatorios.

👉 Los obligatorios: estarán obligados a emitir facturas a través de medios digitales aquellos Contribuyentes que realicen operaciones comerciales única y exclusivamente a través de medios electrónicos y portales web, tales como su propia página web, mercado libre, facebook marketplace, etc.

Es decir, si sólo realizas ventas de productos, bienes y/o servicios desde internet y no cuentas con un punto de venta física, deberás emitir tus facturas a través de los medios que al efecto estipula el artículo 4 de la providencia SNAT/2024/00102

👉 Los voluntarios: todo el resto de contribuyentes que, de manera libre y voluntaria decidan implementación la facturación digital podrán hacerlo, siempre y cuando cumplan con los requisitos formales definidos en la providencia 102 ejusdem.

Eso sí, independientemente de que seas un emisor voluntario u obligatorio de documentos fiscales, no podrás emitir facturas y otros documentos mediante excel (por ejemplo), sino tercerizando esta función mediante una imprenta digital autorizada.

Así mismo, deberás obtener la autorización ante el la intendencia de tributos internos del SENIAT para emitir documentos fiscales, sin embargo, en la mayoría de las ocasiones la propia imprenta digital te ayudará en el proceso.

Estas imprentas digitales deben estar autorizadas debidamente por el SENIAT para funcionar como tales y sus servicios podrán ser: asignación de números de control de los documentos previstos en la providencia 102, así como para la emisión de los mismos.

Ahora bien, antes de realizar cualquier contratación de servicio de imprentas digitales, te sugiero que esperas a que entre en vigencia a mediados de marzo de la providencia 121 2024, referida a la regulación y homologación de proveedores de software administrativo.

Recuerda que puedes seguirme en instagram desde acá <

Nos hablamos en la próxima, con cariño

Luis Alberto.

Siguiente entrada Entrada previa
Sin comentarios
Añadir tu comentario
comment url